
CONSEJO INTERNACIONAL DE CREADORES DE ARTES GRÁFICAS, PLÁSTICAS Y FOTOGRÁFICAS
Acerca CIAGP
CIAGP reúne a creadores en el campo de las artes plásticas y visuales de todo el mundo. La organización sirve como un foro para el intercambio de información, ideas, mejores prácticas, experiencias y consejos prácticos sobre la administración de los derechos de los autores visuales. Incluye herramientas y actividades dirigidos a promover los intereses morales, profesionales, económicos y jurídicos de los autores visuales.
COMITÉ EJECUTIVO

Adagp

ARS

Bild - Kunst

Bildupphovsrätt

Viscopy

Dalro

Sava

Vegap
“Graphic, plastic and photographic creators rely on the sound protection and effective management of copyright to protect their moral and economic interests”

Nuestro trabajo
CIAGP juega un papel clave en la promoción y protección de los derechos de los artistas como el uso de su obra se vuelve más amplia y diversa. El consejo de dibujar a creadores del ámbito de las artes plásticas y visuales, fotógrafos de arte, así como los funcionarios y abogados de sus sociedades. Todos los asuntos relacionados con su profesión y sus intereses se discuten durante las reuniones CIAGP que son presididas por su presidente, el artista francés Hervé di Rosa.
Entre los temas de la agenda, el tema de la cooperación internacional, en particular en el uso de las obras en Internet, ocupa un lugar crucial. En este sentido, la creación de OnLineArt (un one-stop-shop que ofrece licencias mundiales de obras de artistas de 40 000 usuarios) es una respuesta fundamental a las demandas del mercado de licencias multi-territoriales.
Más usos tradicionales del arte (como las reproducciones de obras con derechos de autor en el papel) son también parte de la labor de la CIAGP. El objetivo es mejorar la colaboración con las empresas de gestión para hacer frente a los derechos de una manera sencilla y eficaz, que respeta el derecho moral de los artistas.
El derecho de participación del artista
El derecho de participación del artista, también conocido como droit de suite, garantiza a los creadores la posibilidad de obtener una participación equitativa del precio de reventa de sus obras. Este es un derecho pagado a los artistas plásticos cuando sus obras son revendidas por una casa de subastas o una galería por encima de un precio determinado. Este derecho es un pequeño porcentaje del precio de reventa. El porcentaje varía de un país a otro y normalmente depende del precio de venta de la obra.
El derecho de participación garantiza que el artista y su familia reciben una compensación cada vez que tiene lugar la reventa de una obra. Esto permite que el artista mantenga un porcentaje de su obra a medida que ésta va adquiriendo valor. Sin el derecho de participación, el artista no recibe una compensación después de la venta inicial, mientras que las casas de subastas, los marchantes de arte y los coleccionistas privados se benefician del valor creciente de la obra, que se atribuye al prestigio del artista.
Este derecho está reconocido en el marco del Derecho Internacional y está incluido en el artículo 14ter del Convenio de Berna, que sigue siendo el modelo principal para los derechos de autor a nivel mundial. No obstante, el derecho de participación no es obligatorio y, por lo tanto, se contempla como un derecho recíproco. Es decir, para que un artista pueda recibir el derecho de participación, éste debe estar reconocido no sólo en el país en el que se ha vendido la obra sino también en el país del artista.
Una Directiva de la Unión Europea aprobada en 2001 generaliza la aplicación del derecho de participación a todos los países de la UE. Esta Directiva representa un gran avance en favor del reconocimiento universal de este derecho, que actualmente existe en más de 70 países del mundo. Sin embargo, debido a su carácter recíproco en el Convenio de Berna, el hecho de que éste aún no se aplique en algunos países, incluyendo los principales mercados del arte como Estados Unidos y China, constituye un gran obstáculo para los artistas visuales de todo el mundo.
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